FUENTE: COALICIÓN CANARIA AGÜIMES
Manifiesta, Antonio Vélez, concejal de CC Agüimes que en primer lugar que lo que ha anunciado Candelaria Delgado, consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias estos días atrás sobre el Servicio de Ayuda a domicilio es que será la Consejería quien, DIRECTAMENTE, gestionará este servicio especializado y no como hasta ahora que sí ha contado con una gestión indirecta.
Se debe distinguir entre el Servicio de Ayuda a Domicilio del Plan Concertado (que seguirá siendo gestionado por los ayuntamientos) y el Servicio de Ayuda a Domicilio especializado de la Ley de Dependencia, aunque ambos comparten el objetivo de prestar asistencia a personas en situación de vulnerabilidad o dependencia.
Las diferencias clave se basan en la normativa que regula cada servicio, los destinatarios y la financiación.
A continuación, se explica cada uno:
1. Servicio de Ayuda a Domicilio del Plan Concertado
• Regulación: Está gestionado principalmente por las corporaciones locales (ayuntamientos) en el marco del Plan Concertado de Servicios Sociales Básicos. Este plan existe desde antes de la Ley de Dependencia.
• Destinatarios: Se dirige a personas mayores, personas con discapacidad, o familias que, por razones sociales, económicas o de vulnerabilidad, necesitan apoyo en su vida diaria. No necesariamente se requiere tener un reconocimiento oficial de dependencia.
• Servicios: Incluye atención personal (como ayuda con la higiene, vestimenta o alimentación) y atención doméstica (limpieza del hogar, compras, etc.).
• Financiación: Es financiado por las administraciones locales, y puede estar cofinanciado por los gobiernos autonómico y estatal. Las personas usuarias a menudo deben pagar una parte en función de su situación económica.
2. Servicio de Ayuda a Domicilio especializado de la Ley de Dependencia
• Regulación: Este servicio está regulado por la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. Forma parte del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
• Destinatarios: Está dirigido exclusivamente a personas que han sido reconocidas como dependientes en alguno de los tres grados (leve, moderado o severo), tras una valoración oficial.
• Servicios: Es similar al Plan Concertado, pero está destinado a personas con algún grado reconocido de dependencia. Incluye ayuda personal y doméstica, pero se adapta al grado de dependencia y a las necesidades específicas de la persona reconocida como dependiente.
• Financiación: Este servicio es financiado mayormente con aportaciones estatales y autonómicas. Está garantizado como un derecho para las personas dependientes que han solicitado y obtenido este reconocimiento.
Principales diferencias:
• Reconocimiento de dependencia: El servicio derivado de la Ley de Dependencia es exclusivamente para personas que han sido reconocidas como dependientes, mientras que el del Plan Concertado no exige este reconocimiento.
• Financiación: El de la Ley de Dependencia está más vinculado a la financiación del sistema estatal de dependencia, mientras que el del Plan Concertado depende más de los recursos de los municipios.
• Derecho garantizado: En el caso del servicio especializado de la Ley de Dependencia, el acceso al servicio está garantizado como derecho para las personas dependientes, mientras que en el Plan Concertado está sujeto a la disponibilidad de los recursos locales.
Ambos servicios buscan mejorar la calidad de vida de las personas, pero se diferencian en su regulación, financiación y en los criterios para acceder a ellos.
La Consejería anuncia que el Servicio de Ayuda a Domicilio especializado de la Dependencia se gestionará directamente desde la consejería mediante una licitación.
Hasta el momento y durante años, este servicio, se ha gestionado a través de los Cabildos mediante un convenio, pero no participan todos. Todos puesto que hay corporaciones insulares que no han podido asumirlo,
De los que sí lo han gestionado, ninguno de ellos lo ha hecho con medios propios, sino que a su vez lo conveniaban con los ayuntamientos y estos con empresas privadas mediante licitación. Son escasos los ayuntamientos que han ofrecido el Servicio de Ayuda a Domicilio Especializado a través de medios propios.
Esto si ha supuesto en algunos casos una externalización. Cuando los ayuntamientos prestan el servicio mediante una empresa si externalizan el servicio, al no tratarse de un servicio propio, como puede ser el SAD MUNICIPAL, en este caso, la gestión es directa del ayuntamiento, pero el servicio lo prestan mediante una licitación.
El Servicio especializado de Dependencia es una competencia de la Comunidad Autónoma y la misma debe asumir dicha gestión. Existe el compromiso y así se ha hecho llegar a los diferentes Cabildos, de que deben transmitir a los ayuntamientos con los que tienen convenios, que la empresa que salga de la licitación del Gobierno de Canarias deberá asumir a los 1.413 usuarios que ahora mismo están recibiendo el Servicio.
Asimismo, la empresa tendrá que subrogar al personal que presta este servicio siempre que no sea personal estructural de los ayuntamientos.
Se ha requerido a los Cabildos insulares el listado de trabajadores que se tendrían que subrogar y dicho listado forma parte del anexo I de la licitación.
Con esta gestión directa, se intenta llegar a un mayor número de usuarios y a todos por igual. En estos momentos, si se pertenece a un Cabildo que no tiene el SAD mediante convenio con el Gobierno, a esos ciudadanos no se les está ofreciendo una ayuda pública que les corresponde. No existe igualdad entre todos los dependientes y no puede seguir sucediendo que el acceso a los servicios dependa de la isla en la que se viva porque el derecho ya viene recogido en la propia Ley de la Dependencia y es responsabilidad del Gobierno de Canarias velar porque todas las personas dependientes de Las Islas puedan acceder a este servicio.
El fin de esta iniciativa del Ejecutivo es poder llegar a más personas e incorporar más usuarios a las plazas públicas del Servicio de Ayuda a Domicilio especializado destinado a las personas dependientes, concluye Vélez.